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Audacias azules sostenibles y una Constitución devaluada

Por: Jorge Armando Rodríguez
Director - Centro de Investigaciones para el Desarrollo (CID)
Universidad Nacional de Colombia

Bogotá, 16-Nov-2010 (Prensa CID). Se ha oído bastante del derecho a votar o del derecho al trabajo, o incluso del derecho a creer en lo que a uno se le venga en gana, pero ¿el derecho a la sostenibilidad fiscal? Al conservatismo fiscal colombiano se le pueden endilgar muchas cosas, pero no la falta de creatividad en el propósito de entronizarse en la Constitución. Así lo evidencia la propuesta de convertir la sostenibilidad fiscal en un derecho. Presumo que, de ser aprobada, la norma entraría en los anales de la historia por su novedad, aunque no por lo atinada.

A estas alturas pocos economistas discutirían que tener unas finanzas públicas sostenibles es un objetivo deseable. A menudo se citan las experiencias de países como Bolivia e Irlanda para conjurar las tentaciones del endeudamiento público explosivo, una manifestación típica de insostenibilidad. Pero tener una inflación controlada también es deseable y, sin embargo, los constituyentes de 1991 tuvieron la precaución de no erigir ese objetivo en derecho. El ser deseable no es condición suficiente para conferirle el estatus de derecho constitucional a un objetivo de política económica.

Es curioso que economistas que han propugnado por un enfoque minimalista de la carta de derechos, contrario a la verbosidad que tiende a caracterizar a la Constitución de 1991,  ahora le brinden respaldo a la constitucionalización de una idea que, tanto por ser defectuosa como por estar en el lugar equivocado, devaluaría la carta política. Manes de la ideología, supongo.

Junto con la regla fiscal impulsada a última hora por la administración Uribe, la propuesta del derecho a la sostenibilidad fiscal forma parte de un intento de poner las riendas de las finanzas públicas colombianas en manos de una especie piloto automático.

Como nos informan los autores de la propuesta, la fórmula de la regla diría 'el nivel de balance fiscal primario que [las autoridades deben] lograr en cada momento del tiempo'. En el papel la fórmula luce científica. En la práctica, sin embargo, el conocimiento sobre la economía colombiana puede no ser lo suficientemente preciso como para alimentar la fórmula en forma apropiada. No es claro que la fórmula permita generar las dosis adecuadas de déficit fiscal durante una recesión, por ejemplo. Yo por lo menos no me sentiría tranquilo viajando en una avión cuyo piloto automático indicara que el aeropuerto El Dorado queda por ahí en los alrededores del cerro de Monserrate.

Abraham Lincoln y otros ya nos advirtieron de los peligros de hacer de la constitución y la ley un pacto suicida.

Si no hubiera otros medios para lograr la sostenibilidad fiscal, vaya y venga. Pero las reglas que gobiernan la elaboración y aprobación del presupuesto nacional probablemente juegan un papel más importante que constitucionalizar las promesas de buen comportamiento fiscal.

Según el proyecto de Acto Legislativo, 'la sostenibilidad fiscal es indispensable para alcanzar los fines del Estado Social de Derecho'. La cuestión de cómo darle vigor práctico a este postulado podría hacer necesario reemplazar en los despachos judiciales colombianos a los abogados por los filósofos. ¿Estaría la atención básica en salud condicionada al logro de una determinada relación entre ingresos y gastos públicos? Por esa vía no sería extraño que satanás terminara siendo el nuevo nombre de la deuda pública.

 

 
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