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Los retos de la liberalización del mercado de seguros en Colombia

 
 
El profesor Germán Guerrero Chaparro, director de la Unidad de Análisis del Mercado Financiero de la FCE - UN, analiza los retos y las oportunidades de la ley que modifica las reglas de juego en el sector asegurador en el país.

 

 
Germán Guerrero Chaparro 
Profesor Asociado FCE - Director UAMF
Universidad Nacional de Colombia

Bogotá D.C., 1-ago-2013 (Comunicaciones CID). Desde el 15 de julio de 2013, el mercado de seguros en Colombia ha sufrido una fuerte transformación como consecuencia del proceso de liberalización. Se espera que los recientes cambios contribuyan a desarrollar este mercado, ofreciendo un portafolio más amplio de productos con nuevos participantes.

Sin embargo, es importante tener en cuenta que este nuevo modelo de operación así como genera unas oportunidades, también implica unos retos tanto para el gobierno, en temas de regulación, control y vigilancia; como para los usuarios, en el conocimiento del mercado y de los riesgos que asumen con nuevos productos y participantes.

Tres son los principales cambios de este mercado con la entrada en vigencia, cuatro años después, de las disposiciones contenidas en la Ley 1328 de 2009.

  1. Las compañías de seguro del exterior podrán ofrecer en el territorio colombiano o a sus residentes seguros. 
  2. Toda persona natural o jurídica residente en el país, podrá adquirir en el exterior un seguro.
  3. Las compañías de seguros del exterior podrán constituir sucursales en Colombia.

Tanto la ley, como la Superintendencia Financiera de Colombia –SFC-, han venido reglamentando el alcance y requisitos necesarios para cada uno de estos cambios.

En cuanto a las compañías de seguros del exterior, éstas podrán única y exclusivamente ofrecer seguros asociados al transporte marítimo internacional, la aviación comercial internacional, y el lanzamiento y transporte espacial (incluyendo satélites), que amparen los riesgos vinculados a las mercancías objeto de transporte, el vehículo que transporte las mercancías y la responsabilidad civil que pueda derivarse de los mismos, así como seguros que amparen mercancías en tránsito internacional (este tipo de seguros son denominados seguros MATMarine, Aviation and Transport).

Las entidades aseguradoras del exterior no están sujetas a la inspección y vigilancia de la SFC. Por ello, las personas naturales o jurídicas que celebren un contrato de seguro con dichas entidades, no tienen la condición de consumidor financiero; lo cual significa que la Superfinanciera no tiene competencia para resolver las quejas o reclamos originados en estos contratos de seguros.

Como mecanismo de regulación, la Superintendencia Financiera creó desde el pasado mes de junio de 2013, el Registro de Aseguradoras del Exterior –RAIMAT-, el cual es un requisito necesario para que las compañías puedan ofrecer este tipo de seguros. El objetivo del RAIMAT es proporcionar información adecuada a los usuarios para que puedan hacer una evaluación adecuada de la calidad, idoneidad, experiencia y profesionalismo de las empresas aseguradoras que ofrecen seguros MAT en Colombia.

En segundo lugar, se podrán adquirir en el exterior cualquier tipo de seguros, con excepción de los relacionados con el sistema de seguridad social,  obligatorios como el SOAT, seguros en los cuales el tomador, asegurado o beneficiario debe demostrar previamente que cuenta con un seguro obligatorio o que se encuentra al día con sus obligaciones de seguridad social, y seguros en los cuales el tomador, asegurado o beneficiario es una entidad del Estado.

Finalmente, las compañías de seguros del exterior podrán constituir sucursales en Colombia a través de las cuales podrán emitir pólizas y realizar actividades de aseguramiento en el país. Las sucursales de entidades financieras del exterior estarán sujetas a la vigilancia de la Superintendencia Financiera. Según lo anterior, éstas sucursales tienen los mismos derechos y obligaciones de las compañías de seguros domiciliadas en el país y los tomadores de seguros son considerados como consumidores financieros y contarán con los mecanismos de protección establecidos en Colombia.

Este proceso de liberalización del mercado de seguros es parte del proceso de globalización y apertura de la economía. En este sentido, por ejemplo, las compañías del exterior que ofrezcan seguros MAT, cuyo domicilio sean países que tengan vigente un TLC con Colombia con capítulo de servicios financieros y que incluya el comercio transfronterizo de seguros, disminuyen los requisitos para su inscripción en el RAIMAT.

En conclusión, los cambios implican unos retos importantes para todos los participantes en el mercado de seguros. Para el gobierno, es necesario regular los temas de control y vigilancia para los nuevos participantes con el fin de garantizar la confianza pública en este mercado. Por parte de los usuarios, conocer bien las oportunidades y riesgos de los nuevos productos financieros. En el caso de las entidades aseguradoras nacionales y del exterior, podrán ofrecer un portafolio de servicios de mejor calidad y precio, acompañado de mecanismos que permitan tomar mejores decisiones informadas a sus clientes, es decir, responder a las exigencias normativas en cuanto a los derechos de los usuarios de recibir una mejor educación financiera.