
Este trabajo analiza elementos teóricos y prácticos que se dan como resultado de un contrato interadministrativo celebrado entre Mintic y la Universidad Nacional de Colombia, cuya finalidad es que la Universidad organice y desarrolle las auditorÃas del cumplimiento de las obligaciones sobre contraprestaciones de los PRS.
*Documento de trabajo
Luis Fernando Valenzuela Jiménez
Investigador CID
Profesor Facultad de Ciencias Económicas, Universidad Nacional de Colombia
Resumen
Bogotá D.C., 08-feb-2013 (Comunicaciones CID). Mediante la suscripción de contratos interadministrativos, el Ministerio de las TIC realiza su función de control de las contraprestaciones a cargo de los Prestadores de Servicios de telecomunicaciones, encargando labores de auditorÃa a la Universidad Nacional de Colombia, asunto que convierte a esta institución en un agente más de la relación contractual; esta situación se estudia en el artÃculo para determinar su caracterización y mostrar crÃticamente los elementos subyacentes.
I. Introducción
El Ministerio de TecnologÃas de la Información y las Comunicaciones (Mintic) tiene la responsabilidad de administrar el uso espectro electromagnético y en general las comunicaciones en Colombia, ello en desarrollo del artÃculo de la Constitución Nacional. En la estructura administrativa de Mintic, la Subdirección Financiera debe velar por el cabal cumplimiento de las obligaciones en materia de contraprestaciones por el uso del espectro y la explotación del servicio de las telecomunicaciones, en el marco de concesiones a los particulares para que mediante la figura de la empresa presten dichos servicios.
Amparados entonces en una concesión o permiso legal, los particulares prestan los servicios relacionados con el uso espectro y/o las comunicaciones y han de pagarle al Estado una suma que ha venido a llamarse contraprestación, lo que representa el precio que se paga por dicho permiso y que atiende a caracterÃsticas técnicas y en proporción al tiempo, asunto que se materializa a través de la autoliquidación con el Formulario Único de Recaudo (FUR), soporte legal que contiene las bases para el cálculo de la contraprestación, en aplicación de la normativa sobre la materia.
El Grupo de Facturación y Cartera como dependencia de la Subdirección Financiera de Mintic tiene bajo su responsabilidad la administración del cumplimiento de las obligaciones en materia de contraprestaciones que les corresponde a los Concesionarios, Prestadores de Redes y Prestadores de Servicios, en adelante PRS. Las labores propias de la verificación del pago de las contraprestaciones por parte de los PRS corresponden a actividades profesionales de las ciencias económicas que con idoneidad pueden adelantar los Contadores Públicos, habida cuenta que gran parte de dichas faenas se realizan por medio de los servicios de la auditorÃa, con el acompañamiento de profesionales del Derecho que atienden asuntos propios de la vÃa gubernativa en lo que concierne a las discusión que puede darse por las contraprestaciones.
Bajo el amparo de la figura de los contratos interadministrativos Mintic acude a firmas de auditorÃa o a otras instituciones privadas o públicas para el desarrollo de algunas de las actividades que son parte de las funciones de su misión. Este trabajo analiza elementos teóricos y prácticos que se dan como resultado de un contrato interadministrativo celebrado entre Mintic y la Universidad Nacional de Colombia, cuya finalidad es que la Universidad organice y desarrolle las auditorÃas del cumplimiento de las obligaciones sobre contraprestaciones de los PRS.
El objeto del contrato interadministrativo Unal-Mintic cae en la perspectiva del importante rol de la auditorÃa en la definición, operación y determinación del cumplimiento del conjunto de contratos institucionales de Mintic con los PRS (Sunder, 2005).
El presente escrito está estructurado en seis secciones. Esta introducción es la primera, luego se analizan los aspectos legales. En tercer lugar se estudian los factores económicos y estadÃsticos y en la cuarta sección se dedica a los factores académicos. En el quinto apartado se muestran los resultados de las auditorÃas practicadas en desarrollo del objeto del contrato interadministrativo y finalmente se dan unas conclusiones.
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